sábado, 12 de junio de 2010

TABLA CONTAMINACIÓN



Fecha y horaSO2PARTNO2COO2

19/4/10–20:0042146690
21/4/10–20:006213733070
23/4/10–20:005141429383
25/4/10–20:0061712139102
26/4/10–20:008343517590
28/4/10–20:007332911491
30/4/10–20:0063420225124
2/5/10–20:00716105299
3/5/10–20:0012422917794
5/5/10–20:00113747100104
7/5/10–20:005481535696
9/5/10–20:00319834075
12/5/10–20:0049934981
En esta tabla podemos observar algunos contrastes de diferentes gases, como el SO2 dónde su cantidad se aprecia menos que en la de los gases CO y O2 que como se puede ver es más abundante, mientras que la del NO2 y el número de PART está en unos números más intermedios. También hay algunas diferencias entre los días en los que están medidos los gases ya que en algunos días su número es menos abundante que en otros días dónde se aprecia más su cantidad. A continuación se desarrollan algunos índices y observaciones que están fijados sobre otros años, dónde se observan algunas diferencias entre los diferentes valores y la concentración de contaminación que tienen tantos estos gases como otros.
Índices posteriores al 19/7/2001
Actualizados y adaptados para contemplar los criterios de calidad del aire recogidos en la Directiva 1999/30/CE, relativa a los valores límite de dióxido de azufre, dióxido de nitrógeno, partículas y plomo; y en la Directiva 2000/69/CE, sobre los valores límite para el benceno y el monóxido de carbono en el aire ambiente.
En cada estación se calcula un índice individual para cada contaminante, conocido como índice parcial. A partir de los índices parciales se obtiene el índice global que coincide con el índice parcial del contaminante que presente el peor comportamiento. De este modo, existe un índice global para cada estación.
Rango cuantitativo
El valor del índice es 0 cuando la concentración de contaminante es nula, asignándosele un valor de 100 cuando la concentración coincide con el valor límite fijado en las citadas Directivas. El valor del índice para cualquier otro valor de concentración se obtiene por interpolación lineal.
Observaciones :

Contaminante SO2(1) Concentración en microgramos/m3 asociada al valor del índice 100 125 Observaciones Valor medio en 24 horas
Contaminante NO2(2) Concentración en microgramos/m3 asociada al valor del índice 100 Desde 290 en el año 2001, hasta 200 en el año 2005 Observaciones Valor medio en 1 hora
Contaminante PM10 Concentración en microgramos/m3 asociada al valor del índice 100 Desde 70 en el año 2001, hasta 50 en el año 2005. Observaciones Valor medido en 24 horas
Contaminante CO Concentración en microgramos/m3 asociada al valor del índice 100 Desde 16000 en el año 2003, hasta 10000 en el año 2005. Observaciones Valor medido en 8 horas (móvil).
Contaminante O3(3) Concentración en microgramos/m3 asociada al valor del índice 100 120
Observaciones Valor medio en 8 horas (móvil)(4)
(1)En el caso del SO2, se tiene en cuenta, para el cálculo del índice, el valor límite medido en 24 horas que establece la Directiva 1999/30/CE. Sin embargo, siempre que se supere el valor límite horario fijado en la misma Directiva, la calidad del aire será considerada "mala", y siempre que se supere el umbral de alerta (500 ug/m3) durante tres horas consecutivas la calidad del aire será considerada "muy mala".
(2)En el caso del NO2, se tiene en cuenta, para el cálculo del índice, el valor límite medido en 1 hora que establece la Directiva 1999/30/CE. Sin embargo, siempre que se supere el umbral de alerta (400 ug/m3) durante tres horas consecutivas, la calidad del aire será considerada "muy mala".
(3)En el caso del O3, se tiene en cuenta, para el cálculo del índice, el valor objetivo para la protección a la salud fijado en la nueva directiva 2002/3/CE relativa al ozono en el aire ambiente, que es de 120 ug/m3, como valor octohorario . Siempre que se supere el valor de información a la población, valor horario de 180 ug/m3, fijado en la misma Propuesta, la calidad del aire será considerada "mala" y si se supera el umbral de alerta para la población, valor horario de 240 ug/m3, la calidad del aire se considerará "muy mala".
(4)La media octohoraria máxima correspondiente a un día se escogerá examinando las medias móviles de ocho horas, calculadas a partir de datos horarios y que se actualizarán cada hora. Cada media octohoraria así calculada se atribuirá al día en que termine el periodo, es decir, el primer periodo de cálculo para cualquier día dado será el periodo que comience a las 17:00 de la víspera y termine a la 1:00 de ese día; el último periodo de cálculo para cualquier día dado será el que transcurra entre las 16:00 y las 24:00 de ese día.

jueves, 10 de junio de 2010

GRÁFICA CONTAMINACIÓN




En esta gráfica se pueden observar algunas diferencias y contrastes entre los diferentes gases y los distintos días en los que están medidos. Uno de los contrastes más apreciados es, como se puede ver, el número del gas SO2 respecto al número del gas CO que este lo supera mucho. Así el gas CO es el más abundante de todos mientras que el que después destaca un poco más sobre los demás es el O2 ya que después van el NO2, y el número de PART dónde ambos están más o menos igualados y por último se encuentra el SO2 que es el menos apreciado. Respecto a los días también se encuentran algunas diferencias ya que en algunos la cantidad de los gases es más abundante que en otros días.

A continuación se relacionan algunos rangos de calidad con los rangos de concentración en microgramos por metro cúbico para cada uno de los contaminantes evaluados en función de la variación anual del margen de tolerancia definido en las directivas sobre algunos gases durante otros años.
Intervalos de calidad diaria para SO2 y O3 (sin variación anual)
Intervalos de calidad diaria para SO2 y O3 (sin variación anual)Rango SO2 ug/m3 O3 ug/m3
Intervalos de calidad diaria para SO2 y O3 (sin variación anual)0-50 0-63 0-60
Intervalos de calidad diaria para SO2 y O3 (sin variación anual)51-100 63-125 60-120
Intervalos de calidad diaria para SO2 y O3 (sin variación anual)101-150 125-187 120-180
Intervalos de calidad diaria para SO2 y O3 (sin variación anual)>150 >187 >180
Intervalos de calidad diaria para PM 10 para los años 2001 al 2005
Intervalos de calidad diaria para PM 10 para los años 2001 al 2005Rango 2001 2002 2003 2004 2005+
Intervalos de calidad diaria para PM 10 para los años 2001 al 20050-50 0-35 0-33 0-30 0-28 0-25
Intervalos de calidad diaria para PM 10 para los años 2001 al 200551-100 35-70 33-65 30-60 28-55 25-50
Intervalos de calidad diaria para PM 10 para los años 2001 al 2005101-150 70-105 65-98 60-90 55-83 50-75
Intervalos de calidad diaria para PM 10 para los años 2001 al 2005>150 >105 >98 >90 >83 >75
Intervalos de calidad diaria para NO2 para los años 2001 al 2010
Intervalos de calidad diaria para NO2 para los años 2001 al 2010Rango 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010+
Intervalos de calidad diaria para NO2 para los años 2001 al 20100-50 0-145 0-140 0-135 0-130 0-125 0-120 0-115 0-110 0-105 0-100
Intervalos de calidad diaria para NO2 para los años 2001 al 201051-100 145-290 140-280 135-270 130-260 125-250 120-240 115-230 110-220 105-210 100-200
Intervalos de calidad diaria para NO2 para los años 2001 al 2010101-150 290-435 280-420 270-405 260-390 250-375 240-360 230-345 220-330 210-315 200-300
Intervalos de calidad diaria para NO2 para los años 2001 al 2010>150 >435 >420 >405 >390 >375 >360 >345 >330 >315 >300
Intervalos de calidad diaria para CO para los años 2000 al 2005
Intervalos de calidad diaria para CO para los años 2000 al 2005Rango <=2002 2003 2004 >=2005
Intervalos de calidad diaria para CO para los años 2000 al 20050-50 0-8000 0-7000 0-6000 0-5000
Intervalos de calidad diaria para CO para los años 2000 al 200551-100 8000-16000 7000-14000 6000-12000 5000-10000
Intervalos de calidad diaria para CO para los años 2000 al 2005101-150 16000-24000 14000-21000 12000-18000 10000-15000
Intervalos de calidad diaria para CO para los años 2000 al 2005>150 >24000 >21000 >18000 >15000

jueves, 3 de junio de 2010

CONTAMINACIÓN

La Contaminación Atmosférica.



¿Qué es la contaminación atmosférica?

La contaminación atmosférica consiste en la presencia en el aire de sustancias o formas de energía que alteran la calidad del mismo e implica riesgo, daño o molestia grave a los seres vivos y bienes en general.


Según el informe Calidad del aire en las ciudades: clave de sostenibilidad urbana del Observatorio de la Sostenibilidad en España (OSE), Córdoba está entre las ciudades que mas contaminación atmosférica produce. Córdoba presentan unas altas concentraciones medias anuales de dióxido de nitrógeno (NO2). También se encuentran en esta situación ciudades andaluzas como Jaén y Almería. Pero centrándonos en el caso de Córdoba, esta ciudad, también se encuentra en la lista de los municipios que superan la concentración media anual de partículas en suspensión menores de diez micras (PM 10) establecida como límite.


Algunas causas que la provocan:


Emisiones del transporte urbano (CO, CnHn, NO, SO2, Pb)
Emisiones industriales gaseosas (CO, CO2, NO, SOx)
Emisiones Industriales en polvo (cementos, yeso, etc
Basurales (metano, malos olores).
Quema de basura (CO2 y gases tóxicos)
Incendios forestales (CO2)
Fumigaciones aéreas (líquidos tóxicos en suspensión).
Derrames de petróleo (Hidrocarburos gaseosos).
En conclusión, la principal fuente son las emanaciones de combustibles realizadas a altas temperaturas. También contaminan las actividades industriales, fertilizantes, combustión de biomasa y descomposición de materia orgánica

¿Cómo afectan a nuestra salud?

Dependiendo de exposiciones agudas o crónicas, los efectos en la salud pueden ser
El CO y el CO2 ocasionana dolores de cabeza, estrés, fatiga, problemas cardio vasculares, desmayos, etc.
Los óxidos de nitrógeno y azufre (NOx ySOx) ocasionan enfermedades bronquiales, irritación del tracto respiratorio, cancer, etc.
El Plomo, el Mercurio y las dioxinas pueden generar problemas en el desarrollo mental de los fetos. También ocasionan enfermedades ocupacionales en ciertas industrias
El cadmio puede generar enfermedades en la sangre
El debilitamiento de la capa de ozono puede ocasionar cáncer a la piel y enfermedades a la vista.


Este tipo de contaminación es muy perjudicial para nuestro organismo. Esto supone un incremento de los índices de mortalidad y morbilidad, contribuye a la aparición de ataques de asma, bronquitis, ataques de corazón y otras enfermedades pulmonares y cardiovasculares crónicas.




Que podemos hacer para evitarlo:

-La planificación urbana y la ordenación del territorio, son fundamentales para la conservación del ambiente atmosférico y un desarrollo urbano sostenible.

-Reducir las horas de los trabajos que influyan especialmente en este tipo de contaminación (industrias).

-Reducir la expulsión de CO2 evitando los incendios forestales ( con ello también favorecemos al medio ambiente, pues los árboles son una parte fundamental de la tierra, pues expulsan oxígeno a la atmósfera) la quema de basuras, ya que estas expulsan gran cantidades de CO2 y otros gases tóxicos.

-Utilizar energías renovables que no contaminen el medio ambiente.



Otras consecuencias de las contaminación atmosférica.



El efecto invernadero


Fenómeno por el cual determinados gases, que son componentes de la atmósfera de la tierra, retienen parte de la energía que llega del Sol, y esto causa la elevación de la temperatura en el planeta. La mayoría de los científicos opinan que el efecto invernadero se está viendo acentuado en la Tierra por la emisión de ciertos gases, como el dióxido de carbono (CO2) y el metano (CH4), debida a la actividad económica humana.
El aumento de la temperatura global puede tener incidencia sobre el clima cambiándolo y sobre el derretimiento de los hielos polares, lo cual, puede traer un aumento en el nivel del mar.
En Córdoba el aumento de las temperaturas podría hacernos llegar a extremos de desertificación, dado lo elevado de las temperaturas en verano. Pero también decir que el aumento del nivel del mar no le influirá a Córdoba por estar en el interior de la Península.

Debido al aumento de las temperaturas provocará el aumento de zonas desérticas, con lo que habrá civilizaciones que tendrán que emigrar a zonas más frías.

¿Cómo podemos evitar esto?

Evitando la excesiva emisión a la atmósfera de los gases que provocan este efecto, en especial el CO2.




La destrucción de la capa de ozono

El ozono, se encuentra en la Estratosfera aproximadamente entre 15 y 30 km. de altura. Es un escudo que nos protege de la radiación ultravioleta que proviene del sol, haciendo posible la vida en la Tierra.

El Gas Ozono está en un continuo proceso de formación y destrucción, y mantiene un equilibrio natural y sano para nuestro planeta. El hombre, con la fabricación de elementos fluoro carbonados, está rompiendo este equilibrio, destruyendo masivamente las moléculas de ozono. En aquellos lugares donde a desaparecido el ozono, los rayos ultravioleta del Sol nos llegan directamente, provocándonos enfermedades como es el cáncer de piel y daños a la vista.

El motivo del incremento de estos gases reside en la fabricación y utilización de aires acondicionados y en los aerosoles.

En la actualidad, se han tomado ciertas medidas como la prohibición de los aerosoles. Pero todavía no existen las suficientes medidas que pare la producción de estos gases.

¿Cómo podemos evitarlo?

Básicamente, sustituyendo estos gases por otros elementos que no dañen la capa de ozono.

La contaminación

La contaminación acústica:

La contaminación acústica es un exceso de sonido que altera las condiciones normales del ambiente en una determinada zona. Y el ruido puede causar grandes daños en la calidad de vida de las personas si no se controla de la manera correcta.
El ruido excesivo y molesto es provocado por las actividades humanas, como el tráfico, industrias, locales, aviones, coches etc, que produce efectos negativos sobre la salud física y mental de las personas.
Po lo tanto el ruido puede producir efectos nocivos fisiológicos y psicológicos para una persona.
Las principales causas de la contaminación acústica son las relacionadas con las actividades humanas como el transporte, la construcción de edificios, obras e industrias.
Se corre el riesgo de una disminución importante en la capacidad auditiva, como trastornos psicológicos o fisiológico por la excesiva contaminación acústica.
Efectos del ruido:
Una persona cuando está en un lugar en el que el ruido es muy excesivo, nota un silbido en el oído, esto es una señal de alarma. Si la exposición al ruido no para, las lesiones serán graves. La sordera irá aumentando hasta que se pierda la audición. También un sonido repentino, como el de una explosión o un disparo, pueden llegar a perforar el tímpano o causar otras lesiones irreversibles.
Puede afectar a la comunicación oral, ya que a veces se producen accidentes laborales por no oír por el ruido, advertencias o indicaciones.
El ruido puede llegar a provocar insomnio, fatiga, estrés, etc.
El ruido produce dificultades para conciliar el sueño y despierta a quienes están dormidos.
El ruido produce alteraciones en la conducta , como agresividad o irritabilidad.
En aquellas tareas en donde se utiliza la memoria se ha demostrado que existe un mayor rendimiento en aquellos individuos que no están sometidos al ruido. También hace que la articulación en una tarea de repaso sea más lenta, especialmente cuando se tratan palabras desconocidas o de mayor longitud, es decir, en condiciones de ruido, el individuo se desgasta psicológicamente para mantener su nivel de rendimiento.
Soluciones:
-Reducir el ruido en las zonas en las que moleste, también respetando ciertas horas, como las de sueño.
-Cerrar locales a partir de ciertas horas, si están alrededor de casas.
-Controlar ese ruido.
-Aportar medidas individuales para ello.

La contaminación lumínica:

El alumbrado hace posible desarrollar múltiples actividades en la noche, pero es imprescindible iluminar de forma adecuada, evitando la emisión de luz directa a la atmósfera y empleando la cantidad de luz estrictamente necesaria allí donde necesitamos ver. Toda luz enviada, hacia los espacios en donde no es necesaria no proporciona seguridad ni visibilidad y es un despilfarro de energía y dinero.
Esto es un grave problema porque provoca el aumento del gasto energético y económico, la inseguridad vial, el dificultar el tráfico aéreo y marítimo, el daño a los ecosistemas y la degradación del cielo nocturno, patrimonio natural y cultural, con la consiguiente pérdida de percepción del Universo y los problemas causados a los observatorios astronómicos.
Esto afecta a poblaciones, polígonos industriales, áreas comerciales, carreteras y a que la luz se difunde por la atmósfera.
Por ejemplo, el alumbrado de carreteras. Se tiende a iluminar con exceso de potencia el mayor número posible de tramos de carretera, en la creencia de que ello supone un aumento de la seguridad vial. Habría que ver los estudios estadísticos sobre siniestralidad nocturna en carreteras iluminadas y no iluminadas para poder evaluar con equidad la conveniencia de hacerlo o no. Porque hay algo que sí es evidente: los conductores corren más en los tramos iluminados y esto supone un incremento del factor de riesgo velocidad.
Soluciones:
-Emplear la luz solo cuando y donde sea necesario.
-Reducir el apagado de iluminación en monumentos y grandes espacios exteriores.
-Reducir el consumo de luz, y usar solo lo necesario.
-Si es posible, usar más la energía solar.



FOTOGRAFÍAS CONTAMINACIÓN


Contaminación acústica







Contaminación lumínica








Contaminación atmosférica



miércoles, 17 de marzo de 2010

DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

La Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH) es una declaración adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su Resolución 217 A (III), de 10 de diciembre de 1948 en París, que recoge los derechos humanos considerados básicos.

La unión de esta declaración y los Pactos Internacionales de Derechos Humanos comprende lo que se ha denominado la Carta Internacional de los Derechos Humanos.


El proyecto social de la ONU, en virtud del artículo 68 de la Carta de las Naciones Unidas, la Comisión de Derechos Humanos. A este organismo, estructurado en 18 representantes de Estados miembros de la Organización, se le encomendó la elaboración de una serie de instrumentos para la defensa de los derechos humanos. Dentro de la Comisión se creó un Comité formado por ocho miembros, que serían Roosevelt (nacional de Estados Unidos), René Cassin (Francia), Charles Malik (Líbano), Color del textoPeng Chun Chang (China), Hernán Santa Cruz (Chile), Alexandre Bogomolov/Alexei Pavlov (Unión Soviética), Lord Dukeston/Geoffrey Wilson (Reino Unido) y William Hodgson (Australia). Fue también de especial relevancia la intervención de John Peters Humphrey, de Canadá, director de la División de Derechos Humanos de la ONU.


El proyecto de Declaración se sometió a votación el 10 de diciembre de 1948 en París, y fue aprobado, por los que entonces eran los 58 Estados miembros de la Asamblea General de la ONU, con 48 votos a favor y las 8 abstenciones de la Unión Soviética, de los países de Europa del Este, de Arabia Saudí y de Sudáfrica. Además, otros dos países miembros no estuvieron presentes en la votación.


Aunque no es un documento obligatorio o vinculante para los Estados, sirvió como base para la creación de las dos convenciones internacionales de la ONU, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, pactos que fueron adoptados por la Asamblea General de Naciones Unidas en su resolución 2200 A (XXI), de 16 de diciembre de 1966. Sigue siendo citada ampliamente por profesores universitarios, abogados defensores y por tribunales constitucionales.


Abogados internacionalistas continuamente debaten cuales de sus estipulaciones se pueden decir que constituyen derecho internacional consuetudinario. Las opiniones varían mucho en cuanto a esto y se cuestionan desde algunas estipulaciones hasta todo el documento.





DÉCLARATION UNIVERSELLE DES DROITS DE L’HOMME

DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

Le 10 décembre 1948, les 58 Etats Membres qui constituaient alors l’Assemblée générale ont adopté la Déclaration universelle des deroits de l’homme à Paris au Palais de Chaillot. Pour commémorer son adoption, la ``Journée des droits de l’homme est célébrée chaque année le 10 décembre.
LAssemblée Générale proclame la presente Déclaration universelle des droits de l’homme comme l’idéal commun à atteindre par tous les peuples et toutes les nations afin que tous les individus et tous les organes de la société , ayant cette Déclaration constamment à l’esprit, s’efforcent, par l’enseignement et l’éducation, de développer le respect de ces droit et libertés et d’en assurer, par des mesures prgressives d’ordre national et international, la reconnaissance et l’application universelles et effectives, tant parmi les populations des Etats Membres eux-mêmes que parmi celles des territoires placés sous leur juridiction.
El 10 de Diciembre de 1948, los 58 Estados Miembros que constituían entonces la Asamblea General, adoptaron la Declaración Universal de los derechos humanos en París en el Palacion de Chaillot. Para conmemorar su adaptación, `` el día de los derechos humanos´´ es celebtrada cada año el 10 de Diciembre.
La Asamblea General proclama la presente Declaración Universal de los Derechos Humanos como ideal común para alcanzar por todos los pueblos y todas las naciones con el fin de que todos los individuos y todos los órganos de la sociedad, tengan esta Declaración constante al espíritu, su esfuerzo, por la enseñanza y la educación, de desarrollar del respeto de estos derechos y libertades y asegurar los, por las medidas progresivas de orden nacional e internacional, por el reconocimiento y las aplicaciones universales y efectivas, tanto, entre la población de los Estados Miembro como entre los territorios bajo jurisdicción.

Article premier
Tous les êtres humains naissent libres et égaux en dignité et en droits. Ils sont doués de raison et de conscience et doivent agir les uns envers les autres dans un esprit de fraternité.
Artículo primero
Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y en derechos. Están dotados de razón y conciencia y deben actuar hacia los otros bajo un espíritu de fraternidad.
Article 2
1. Chacun peut prévaloir de tous les droits et de toutes les libertés proclamés dans la presente Déclaration, sans distinction aucune, notamment de race, de couleur, de sexe , de langue, de religión, d’opinion politique ou de toute autre opinión, d’origine nationale ou sociale, de fortune, de naissance ou de toute autre situation.
2. De plus, il ne sera fait aucune distinction fondée sur le statut politique, juridique ou international du pays ou du territoire dont une personne est ressortissante, que ce pays ou territoire soit indépendant, sous tutelle, non autonome ou soumis à une limitation quelconque de souveraineté.
Artículo 2
1 .Cada uno se puede beneficiar de todos los derechos y de todas las libertades proclamadas en la presente Declaración, sin ninguna distinción de raza, color, sexo, lengua, religión, ideología política o de otra opinión, de origen nacional o social, de fortuna, de nacimiento o de otra situación.
2. Además no se hará ninguna distinción fundada en el estatu político, jurídico o internacional del país o del territorio del que depende una persona tanto si es sometido o cualquier limitación de soberanía.

Article 3
Tout individu a droit á la vie, á la liberté et á la sûreté de sa personne.
Artículo 3
Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

Article 4
Nul ne sera tenu en esclavage ni en servitude; l’esclavage et la traite des esclaves sont interdits sous toutes les formes.
Artículo 4
Nadie estará sometido en esclavitud o servidumbre; la esclavitud y el trato de esclavos están prohibidos en todas sus formas.

Article 5
Nul ne sera soumis à la torture, ni á des peines ou traitements cruels, inhumains ou dégradants.
Artículo 5
Nadie será sometido a tortura, a penas o tratamientos crueles inhumanos o degradantes.

Article 6
Chacun a le droit à la reconnaissance en tous lieux de sa personnalité juridique.
Artículo 6
Cada uno tiene derecho al reconocimiento en todos los lugares de su personalidad jurídica.
Article 7
Tous sont égaux devant la loi et ont droit sans distinction á une égale protection de la loi. Tous ont droit á une protection contre toute discrimination qui violerait la présente Déclaration et contre toute provocation á une telle discrimination.
Artículo 7
Todos son iguales ante la ley y tienen derecho sin distinción a la igual protección de la ley. Todos tienen derecho a una protección igual contra toda discriminación que violaría la presente Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.
Article 8
Toute personne a droit à un recours effectif devant les juridictions nationales compétentes contre les actes violant les droits fondamentaux qui lui sont reconnus par la constitution ou par la loi.
Artículo 8
Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunals nacionales competentes contra los actos violentos de los derechos fundamentales que son reconocidos por la Constitución o por la Ley.

Article 9
Nul ne peut être arbitrairement arrêtré, détenu ou exile.
Artículo 9
Nadie puede ser arbitrariamente arrestado, detenido o exiliado.

Article 10
Toute personne a droit, en pleine égalité, à ce que sa cause soit entendue équitablement et publiquement par un tribunal indépendant et impartial qui decider, soit de ses droits et obligations, sit du bien-fondé de toute accusation en matière pénale dirigée contre elle.
Artículo 10
Toda persona tiene derecho, en plena igualdad, a que su causa sea oída equitativamente y públicamente por un tribunal independiente e imparcial, quien decidirá bien sobre sus derechos y obligaciones o bien sobre la legitimidad de toda acusación en material penal dirigido contra ella.



Article 11
1. Toute personne accusée d’un acte délictueux est presume innocente jusqu’à ce que sa culpabilité ait été légalement établie au cours d’un procès public oùs toutes les garanties nécessaires á sa défense lui auront été assurées.
2. Nul ne sera condamné pour des actions ou omissions qui, au momento où elles ont été commises, ne constituaient pas un acte délictueux d’après le droit national ou international. De même, il ne será infligé aucune peine plus forte que celle qui était applicable au moment où l’acte délictueux a été commis.

Artículo 11
1. Toda persona acusada de un delito es presuntamente inocente hasta que su culpabilidad haya sido legalmente establecida a lo largo de un curso público donde todas las garantías necesarias para su defensa sean aseguradas.
2. Nadie será condenado por acciones y omisiones que, en el momento en el que se cometieron, no se consideraba un delito según el derecho nacional o internacional. Tampoco será infligida ninguna pena más fuerte que la que se aplicaba al momento donde el delito se cometió.

Article 12
Nul ne sera l’objet d’immixtions arbitraires dans sa vie privée, sa famille, son domicile o usa correspondance, ni d’atteintes à son honneur et à sa réputation. Toute personne a droit à la protection de la loi contre de telles immixtions ou de telles atteintes.
Artículo 12
Nadie será objeto de intromisiones arbitrarias a su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni ataques a su honor o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la Ley contra tales intromisiones o ataques.

Article 13
1. Toute personne a le droit de circuler librement et de choisir sa résidence à l’intérieur d’un Etat.
2. Toute personne a le droit de quitter tout pays, y compris le sien, et de revenir dans son pays.
Artículo 13
1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y de elegir su residencia en el interior de un Estado.
2. Toda persona tiene derecho a abandonar su país, incluido el suyo y de regresar a su país.

Article 14
1. Devant la persécution , toute personne a le droit de chercher asile et de bénéficier de l’asile en d’autres pays.
2. Ce droit ne peut être invoqué dans le cas de poursuites réellement fondées sur un crime de droit commun ou sur des agissements contraires aux buts et aux príncipes des Nations Unies.
Artículo 14
1 .Ante la persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo y beneficiarse de él en otros países.
2. Este derecho no puede ser invocado en el caso de persecuciones fundadas en un crimen de derecho común o a los actos contrarios a los fines y los principios de las Naciones Unidas.

Article 15
1. Tout individu a droit à une nationalité.
2. Nul ne peut être arbitrairement privé de sa nationalité, ni du droit de changer de nationalité.
Artículo 15
1. Todo individuo tiene derecho a una nacionalidad.
2. Nadie puede ser arbitrariamente privado de su nacionalidad, ni del derecho a cambiar de nacionalidad.
The Universal Declaration of Human Rights

LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS


On December 10, 1948 the General Assembly of the United Nations adopted and proclaimed the Universal Declaration of Human Rights the full text of which appears in the following pages. Following this historic act the Assembly called upon all Member countries to publicize the text of the Declaration and "to cause it to be disseminated, displayed, read and expounded principally in schools and other educational institutions, without distinction based on the political status of countries or territories."

El 10 de Diciembre de 1948 la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó y proclamó los Derechos Humanos, cuyo texto aparece en las siguientes páginas. Tras este acto histórico de la Asamblea pidió a todos los países Miembros que publicaran el texto de la Declaración y ``dispusieron que fuera expuesto, leído y comentado principalmente en colegios y otras instituciones educativas, sin distinción basada en la condición política de países o territorios´´.

PREAMBLE

Whereas recognition of the inherent dignity and of the equal and inalienable rights of all members of the human family is the foundation of freedom, justice and peace in the world.
Whereas disregard and contempt for human rights have resulted in barbarous acts which have outraged the conscience of mankind, and the advent of a world in which human beings shall enjoy freedom of speech and belief and freedom from fear and want has been proclaimed as the highest aspiration of the common people.
Whereas it is essential, if man is not to be compelled to have recourse, as a last resort, to rebellion against tyranny and oppression, that human rights should be protected by the rule of law.
Whereas it is essential to promote the development of friendly relations between nations.
Whereas the peoples of the United Nations have in the Charter reaffirmed their faith in fundamental human rights, in the dignity and worth of the human person and in the equal rights of men and women and have determined to promote social progress and better standards of life in larger freedom.
Whereas Member States have pledged themselves to achieve, in co-operation with the United Nations, the promotion of universal respect for and observance of human rights and fundamental freedoms.
Whereas a common understanding of these rights and freedoms is of the greatest importance for the full realization of this pledge.
Now, Therefore THE GENERAL ASSEMBLY proclaims THIS UNIVERSAL DECLARATION OF HUMAN RIGHTS as a common standard of achievement for all peoples and all nations, to the end that every individual and every organ of society, keeping this Declaration constantly in mind, shall strive by teaching and education to promote respect for these rights and freedoms and by progressive measures, national and international, to secure their universal and effective recognition and observance, both among the peoples of Member States themselves and among the peoples of territories under their jurisdiction.




Article 16
(1) Men and women of full age, without any limitation due to race, nationality or religion, have the right to marry and to found a family. They are entitled to equal rights as to marriage, during marriage and at its dissolution.
(2) Marriage shall be entered into only with the free and full consent of the intending spouses.
(3) The family is the natural and fundamental group unit of society and is entitled to protection by society and the State.

ARTÍCULO 16

. Los hombres y mujeres en edad núbil, sin ninguna limitación por motivos de raza, nacionalidad o religión, tienen derecho a casarse y formar una familia. Disfrutarán de iguales derechos cuando se casen, durante el matrimonio y en su disolución.
. El matrimonio se establecerá solamente con el consentimiento libre y completo de los futuros esposos.
. La familia es el elemento unido fundamentalmente de sociedades y tienen derecho a la protección de la sociedad y el Estado.

Article 17
(1)Everyone has the right to own property alone as well as in association with others.
(2)No one shall be arbitrarily deprived of his property.

ARTÍCULO 17

. Toda persona tiene derecho a la propiedad individual y colectiva.
. Nadie será arbitrariamente privado de su propiedad.


Article 18
Everyone has the right to freedom of thought, conscience and religion; this right includes freedom to change his religion or belief, and freedom, either alone or in community with others and in public or private, to manifest his religion or belief in teaching, practice, worship and observance.


ARTÍCULO18

. Toda persona tiene derecho a la libertad de expresión, conciencia y religión; este derecho incluye la libertad para cambiar su religión o creencia, y libertad individual o en comunidad con otros y en público o privado, para manifestar su religión o creencia enseñándola, practicándola, dándole culto y observándola.

Article 19
Everyone has the right to freedom of opinion and expression; this right includes freedom to hold opinions without interference and to seek, receive and impart information and ideas through any media and regardless of frontiers.

ARTÍCULO 19

. Toda persona tiene el derecho a la libertad de opinión y expresión; este derecho incluye la libertad para mantener opiniones sin interferencias y para investigar, recibir y difundir información e ideas a través de cualquier medio de comunicación y sin limitación de fronteras.

Article 20
(1)Everyone has the right to freedom of peaceful assembly and association.
(2)No one may be compelled to belong to an association.



ARTÍCULO 20

. (1). Toda persona tiene derecho a la libertad de asociación y asamblea pacífica.
. (2). Nadie puede ser obligado a pertenecer a una asociación.


Article 21
(1)Everyone has the right to take part in the government of their country, directly or through freely chosen representatives.
(2)Everyone has the right of equal access to public service in their country.
(3)The will of the people shall be the basis of the authority of government; this will shall be expressed in periodic and genuine elections which shall be by universal and equal suffrage and shall be held by secret vote or by equivalent free voting procedures.

ARTÍCULO 21

. (1). Toda persona tiene derecho a formar parte del gobierno de su país, directamente, o a través de representantes elegidos libremente.
. (2). Toda persona tiene derecho en condiciones de igualdad al acceso de acciones de su país.
. (3). La voluntad de las personas será la base de la autoridad del gobierno; esta voluntad será expresada en elecciones periódicas y auténticas que se harán por sufragio universal y por voto secreto u otro procedimiento que caracterice el voto libre.


Article 22
Everyone, as a member of society, has the right to social security and is entitled to realization, through national effort and international co-operation and in accordance with the organization and resources of each State, of the economic, social and cultural rights indispensable for his dignity and the free development of his personality.


ARTÍCULO 22

. Toda persona, como los miembros de una sociedad, triene derecho a la seguridad social y a la realización, a través del esfuerzo internacional y de la cooperación internacional y en concordancia con la organización y los recursos de cada Estado, de la economía, social y los derechos culturales indispensables para su dignidad y el desarrollo libre de su persona.

Article 23
(1)Everyone has the right to work, to free choice of employment, to just and favourable conditions of work and to protection against unemployment.
(2)Everyone, without any discrimination, has the right to equal pay for equal work.
(3)Everyone who works has the right to just and favourable remuneration ensuring for himself and his family an existence worthy of human dignity, and supplemented, if necessary, by other means of social protection.
(4)Everyone has the right to form and to join trade unions for the protection of his interests.


ARTÍCULO 23

1. Toda persona tiene derecho al trabajo, y a la libre elección de su trabajo con unas condiciones favorables de trabajo y a la protección contra el desempleo.

2. Toda persona sin ninguna discriminación tiene derecho a igual salario por igual trabajo.

3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración que le asegure a sí mismo y a su familia una existencia conforme de la dignidad humana y suplementado, si es necesario , por otros medios de la protección social.

4. Toda persona tiene derecho a formar y fundar sindicatos para la protección de sus intereses.

Article 24
Everyone has the right to rest and leisure, including reasonable limitation of working hours and periodic holidays with pay.

ARTÍCULO 24


Toda persona tiene derecho al descanso y al ocio incluyendo la limitación razonable a la duración del trabajo y al periodo de vacaciones pagadas.

Article 25
(1)Everyone has the right to a standard of living adequate for the health and well-being of himself and of his family, including food, clothing, housing and medical care and necessary social services, and the right to security in the event of unemployment, sickness, disability, widowhood, old age or other lack of livelihood in circumstances beyond his control.
(2)Motherhood and childhood are entitled to special care and assistance. All children, whether born in or out of wedlock, shall enjoy the same social protection.


ARTÍCULO 25

1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado para la salud tanto para él como su familia, incluyendo comida, ropa, casa y cuidados médicos y servicios sociales necesarios, y el derecho a la seguridad en caso de desempleo, enfermedades, incapacidad, viudez, ancianos u otro caso de pérdida de medios de subsistencia.

2. La maternidad e infancia tienen derechos a cuidados, asistencia y existencia. Todos los niños, nacidos en o fuera del matrimonio, disfrutará de igual protección social.

Article 26
(1)Everyone has the right to education. Education shall be free, at least in the elementary and fundamental stages. Elementary education shall be compulsory. Technical and professional education shall be made generally available and higher education shall be equally accessible to all on the basis of merit.
(2)Education shall be directed to the full development of the human personality and to the strengthening of respect for human rights and fundamental freedoms. It shall promote understanding, tolerance and friendship among all nations, racial or religious groups, and shall further the activities of the United Nations for the maintenance of peace.
(3)Parents have a prior right to choose the kind of education that shall be given to their children.

ARTÍCULO 26

1 .Toda persona tiene derecho a la educación. La educación será libre, al menos en las etapas elementales y fundamentales. La educación elemental será obligatoria. La educación técnica y profesional será hecha generalmente disponible y la educación superior será igual de accesible para todas bases de méritos.

2. La educación será dirigida al desarrollo de la personalidad humana y a la fortaleza del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales. Se prometerá la comprensión, tolerancia y amistad entre todas las naciones, razas o grupos religiosos, y favorecerá las actividades de la Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.

3. Los padres tienen un derecho preferente a elegir el tipo de educación para sus hijos.

Article 27
(1)Everyone has the right freely to participate in the cultural life of the community, to enjoy the arts and to share in scientific advancement and its benefits.
(2)Everyone has the right to the protection of the moral and material interests resulting from any scientific, literary or artistic production of which he is the author.

ARTÍCULO 27

1. Toda persona tiene derecho a la libertad de participar en la vida cultural de la comunidad, a disfrutar del arte y participar en los avances científicos y benéficos.

2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales resultantes de cualquier producción literaria o producción científica literaria, artística del cual él es el autor.


Article 28
Everyone is entitled to a social and international order in which the rights and freedoms set forth in this Declaration can be fully realized.


ARTÍCULO 28
Toda persona tiene derecho a un orden social e internacional en el que los derechos y libertades expuestos en esta declaración se hagan plenamente efectivos.


Article 29
(1)Everyone has duties to the community in which alone the free and full development of his personality is possible.
(2)In the exercise of his rights and freedoms, everyone shall be subject only to such limitations as are determined by law solely for the purpose of securing due recognition and respect for the rights and freedoms of others and of meeting the just requirements of morality, public order and the general welfare in a democratic society.
(3)These rights and freedoms may in no case be exercised contrary to the purposes and principles of the United Nations.

ARTÍCULO 29

1. Toda persona tiene deberes hacia la comunidad ya que solo en ella puede desear la libertad, y el pleno así el pleno desarrolo es posible.

2. En el ejercicio de sus derechos y libertades, toda persona será sólo sujeto de la limitaciones establecidas a los que son determinadas por la única ley con el único fin de asegurar las justas exigencias y el respeto de los derechos y libertades de otros y de reconocer los requisitos del orden moral y publicó y el bienestar general en una sociedad democrática

3. Estos derechos y libertades no pueden en caso de ser ejercidos contra las proposiciopnes y principios de las Naciones Unidas.

Article 30
Nothing in this Declaration may be interpreted as implying for any State, group or person any right to engage in any activity or to perform any act aimed at the destruction of any of the rights and freedoms set forth herein.

Artículo 30

Nada en esta declaración podrá interpretarse en el sentido que implica a cualquier estado, grupo o persona para emprender actividades en cualquier actividad o realizar actos dirigidos a la supresión de derechos y libertades proclamados en esta declaración.